Definición de Biotecnología en el proyecto de ley S202 para la promoción de la biotecnología agrícola (cultivos transgénicos) en Puerto Rico, sometido por el senador Berdiel Rivera el pasado 13 de enero:
Biotecnología Agrícola – uso de organismos vivos para solucionar problemas o desarrollar productos de utilidad. Puede tratarse de métodos de cruces tradicionales de plantas (fitomejoramiento) y animales o bioprocesos tales como la fermentación. También puede tratarse de la aplicación de la biología celular o molecular para atender necesidades del ser humano utilizando técnicas tales como: anticuerpos monoclonales, propagación somática (cultivo de tejido), biosensores, e ingeniería genética, así como cualquiera otra que pueda surgir.
Bajo esta definición, cualquiera es biotecnólogo: el que tumba cocos para hacer aceite, el que trasquila una oveja para hacer un abrigo de lana, el apicultor que saca miel de una colmena, o la ama de casa que sale a su patio a recoger hojas de recao. Ante este planteamiento, los biotecnólogos, pedantes y con el ego inflao, responden que "Oh no! Ellos no son biotecnólogos. Biotecnólogo soy yo, que tengo credenciales, horas de laboratorio y doctorado en tal o cual universidad". Pero no puede ser de las dos maneras, si sólo los científicos y académicos con título profesional y bata blanca de laboratorio pueden ser llamados biotecnólogos, entonces la biotecnología se limita a las actividades científicas que sólo ellos pueden realizar, como la ingeniería genética.
El estirar la definición de biotecnología para incluir técnicas como el fitomejoramiento y la fermentación no es ciencia, sino mercadeo y relaciones públicas. No tiene mérito científico meter los cruces tradicionales de plantas en la misma categoría que la ingeniería genética. La argumentación de que las dos técnicas tienen alguna equivalencia surge del interés de unos sectores en ofuscar y confundir cualquier discusión acerca de los riesgos de los transgénicos.
Etiquetas: Biotech, Carmelo, Puerto Rico
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